lunes, 7 de julio de 2008

Empresas trasnacionales dominan la extracción minera y no pagan retenciones

Por Jesús Matías Filomeno Ocampo - Ingeniero en Telecomunicaciones (UNLP-CONICET)

Si en la minería se aplicara una régimen de retenciones similares a las del campo se recaudarían 6400 millones de dólares anuales. En su lugar se llega al absurdo de que el Estado paga a grandes trasnacionales para que se lleven del país los recursos naturales no renovables.

Las Leyes vigentes de promoción minera (1) disponen para la actividad un tratamiento de excepción con beneficios impositivos y fiscales increíbles.

El marco legal es particularmente injustificable ante el cambio extraordinario en los precios de los principales minerales en los últimos diez años. El aumento de mil 114 por ciento para el cobre y del 257 por ciento para el oro (2) lleva a la minería metalífera a obtener ganancias inalcanzables por otras actividades económicas.

El régimen de promoción a la actividad minera incluye un reintegro del 5 por ciento en caso de que las exportaciones se hagan por puertos patagónicos. Así el Estado Nacional paga para que se lleven las riquezas naturales no renovables del país.

A estos privilegios se suma algo mortal: que los procesos de extracción de minerales metalíferos son altamente contaminantes con consecuencias irremediables en el futuro.

Además la participación de las filiales de empresas transnacionales extranjeras en el total de la producción minera argentina es del 100 por ciento, una cifra que sólo se encuentra en países africanos como Gabón, Ghana, Guinea y Malí; y en algunos países asiáticos periféricos. El dato contrasta con la situación en Brasil, donde la participación del capital externo en la gran minería es de poco más del 10 por ciento. Con respecto al petróleo, la situación es similar. La participación de filiales extranjeras en la producción de petróleo y gas es de aproximadamente, el 80 por ciento en Argentina y sólo 2 por ciento en Brasil.

De aplicarse a la minería un esquema fiscal tal como el vigente para el agro, se recaudarán anualmente 6400 millones de dólares, en vez de los 1000 millones adicionales que aportan las retenciones móviles.

De inmediato deben derogarse las leyes vigentes de promoción minera y deben equipararse las cargas tributarias de los productores mineros transnacionales con las de los productores agropecuarios argentinos.

Variación de precios 1998-2008

Producto

Abril 1998

Abril 2008

Aumento (%)

Petróleo (U$S/barril)

14

130

829

Cobre (U$S/TM)

700

8500

1114

Oro (U$S/Kg)

9002

32150

257

Soja (U$S/TM)

252

501

99

Las cargas tributarias del minero extranjero y del agropecuario nacional

DESCRIPCIÓN

ACTIVIDAD


Producción Minera

Producción Agropecuaria

Derechos de Importación

libre

tributa

(Insumos / equipos)



Tasa de Estadística

libre

tributa

Impuesto al valor Agregado

libre

tributa

(IVA)



Impuesto a los Débitos

libre

tributa

y Créditos Bancarios



Impuesto a los Activos

libre

tributa

Impuesto a las Ganacias

libre

tributa

Impuesto Inmobiliario

libre

tributa

Impuestos Municipales

libre

tributa

Impuesto de Sellos

libre

tributa

Regalías

Menos del 3% sobre

libre


valor "boca mina"


Reintegros a las

Beneficio 5% sobre

Sin beneficios

Exportaciones

valor FOB puertos



patagónicos


Derechos de Exportación

libre

Valor actual soja



estimativo 45%



con % variación diaria

Comercio Exterior

Sin límites

Limitado

Transferencia de Divisas

Sin límites

Limitado según

al Exterior

durante 30 años

disposiciones vigentes

Estabilidad Fiscal

30 años a partir



fecha presentación

24 horas


estudio factibilidad


(1) Ley de Inversiones Mineras Nº 24.196/93, con las modificaciones introducidas por las leyes Nos. 24.296, 25.161/99 y 25.429/01; Acuerdo Federal Minero - Ley Nº 24228 y concordantes de Menem, Cavallo, Maza y Kirchner).

(2) El incremento espectacular de la soja es menor si lo comparamos con estas cifras ya que sólo llega al 99 por ciento. Por su parte el Petróleo se incrementó un 829 por ciento.

No hay comentarios: